Las personas de 18 a 21 años podrán conducir motos de hasta 150cc
El proyecto de ordenanza propicia “modificar el artículo 16 del Anexo I de la Reglamentación General de la Ley N° 24.449 de Tránsito y Seguridad Vial, Decreto 779/95 respecto a la Clase A.2.1”

