Cipolletti habilita el registro de loteos sociales desde mañana

A partir del jueves 10 de diciembre el Municipio dejará habilitada la inscripción para el registro de loteos sociales a través de la página web www.cipolletti.gob.ar. También a través de las diferentes redes sociales de la Municipalidad de Cipolletti. Los interesados en registrarse podrán ingresar haciendo click en el botón que dice: «Registro de Loteos Sociales». La creación del Registro Municipal de Bienes e Inmuebles permitirá avanzar en el acceso a la tierra de diferentes sectores.

El intendente Claudio Di Tella informó al respecto que los loteos en Cipolletti van a estar ubicados en la zona Norte de la ciudad. “Hay dos esquemas diferentes, uno tienen que ver con loteos sociales (para aquellos que no pueden acceder a la tierra, para personas con una determinada característica de ingresos económicos), por otro lado, tenemos el esquema de las cooperativas que tiene que ver con otra dinámica.

Sobre la Nueva Ordenanza

En su Art.3º se manifiesta la creación de la Comisión Municipal del Registro de Bienes Inmuebles Municipales conformada por la Secretaría de Gobierno a través de sus representantes, la Dirección de Desarrollo Urbano, Dirección de Hábitat, Dirección de Asuntos Contenciosos y Dictámenes, Secretaria de Desarrollo Humano, o el área que en un futuro las reemplace, el Presidente del Concejo Deliberante y dos representantes del mismo.

Algunos de los puntos más relevantes manifestados en la presentación de la nueva Ordenanza son los siguientes:

-Es requisito constituir un grupo familiar estable de personas convivientes, que tengan lazos de parentescos por consanguinidad o afinidad o cohabiten bajo el mismo techo en forma permanente.

-No ser propietarios ni poseedores de ningún otro inmueble dentro del ejido municipal o Provincial de Río Negro, ni haber sido adjudicatario con anterioridad de algún otro inmueble de propiedad municipal, provincial; no deberán ser titulares de otros derechos que con el tiempo le permitan acceder a la propiedad inmueble. Circunstancia que se acreditara con el Informe de Dominio respectivo.

-Para el caso de personas que no constituyen grupo familiar las mismas deberán ser mayores de 25 AÑOS, conforme a lo establecido en el código civil, soltero/as, divorciado/as o viudo/as.

-Mínimo de 3 años de residencia inmediata en la ciudad, anterior a la inscripción en el Registro Digital de Demanda de Parcelas Sociales en el Ámbito del Poder Ejecutivo Municipal.

-Contar con ingresos estables (formales o informales). La franja de ingresos máximos mensuales para integrar el listado del Registro Digital de Demanda de Parcelas en el Ámbito del Poder Ejecutivo Municipal, deberá ser inferior al valor de CUATRO (4) Salarios Mínimos Vitales y Móviles, a la fecha de presentación de la documentación.

-Poseer capacidad de ahorro y de autoconstrucción.

-Obligación de habitar el lote, debiendo comenzar la obra de construcción dentro de los 6 meses a contar desde la entrega del Boleto de Compra Venta.

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