Confirman las condenas por la explosión en la escuela 144 de Aguada San Roque
El Tribunal de Impugnación integrado por la jueza Estefanía Sauli y los jueces Nazareno Eulogio y Andrés Repetto confirmó en todos sus términos las sentencias dictadas por los jueces Maximiliano Bagnat, Ignacio Pombo y Lisandro Borgonovo en la causa por la explosión de la escuela albergue N°144 de Aguada San Roque.
En septiembre de 2024, el tribunal había declarado responsables a los funcionarios de Obras Públicas Raúl Capdevila, Carlos Córdoba y Sergio Percat, y a los empresarios Héctor Villanueva y Diego Bulgheroni por los delitos de estrago culposo con resultado de muerte y administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública, tras la tragedia en la que murieron la docente Mónica Jara y los operarios Mariano Spinedi y Nicolás Francés.
Además, Percat fue hallado culpable de falsificación ideológica de documento público. En tanto, Roberto Deza fue absuelto por falta de pruebas suficientes.
En febrero de 2025 se impusieron las siguientes condenas:
Sergio Percat: 5 años de prisión efectiva, inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos e inhabilitación para ejercer como ingeniero por 10 años.
Diego Bulgheroni: 4 años y 6 meses de prisión efectiva e inhabilitación para ejercer como arquitecto por 9 años.
Carlos Córdoba: 4 años de prisión efectiva, inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos e inhabilitación como maestro mayor de obras por 8 años.
Raúl Capdevila: 4 años de prisión efectiva, inhabilitación perpetua para cargos públicos e inhabilitación como maestro mayor de obras por 8 años.
Héctor Villanueva: 3 años de prisión en suspenso, con reglas de conducta: fijar domicilio, presentarse bimestralmente ante la Dirección de Población Judicializada, cumplir tareas comunitarias 8 horas semanales y no participar en obras públicas por 4 años.
Las defensas de los condenados habían apelado las sentencias de responsabilidad y pena, mientras que las querellas solicitaron revisar la absolución de Deza, la de Percat en relación a órdenes de servicio y la magnitud de las penas impuestas.
Tras analizar cada impugnación, los jueces de la Sala del Tribunal resolvieron por unanimidad rechazar los recursos de las defensas y declarar inadmisibles los de las querellas, al no encontrar fundamentos que demostraran arbitrariedad o una valoración absurda de las pruebas.
La resolución de 850 páginas da respuesta a las ocho impugnaciones presentadas. Desde la notificación de la sentencia, defensores y querellantes tienen diez días para presentar un recurso extraordinario ante el Tribunal Superior de Justicia de la provincia.