Condenan a la Municipalidad de Neuquén a presentar la actualización del Plan Maestro Pluvioaluvional

El juzgado civil N° 2 hizo lugar a la acción de amparo interpuesta por la Defensoría del Pueblo contra la Municipalidad de Neuquén por información pública ambiental.

La decisión de la titular del juzgado civil Nº 2, Alejandra Bozzano, ordena a la Municipalidad de Neuquén a que en el término de 30 días otorgue información referida a la actualización del Plan Maestro de Saneamiento Pluvioaluvional de la ciudad.

El recurso legal fue presentado por el defensor del pueblo en noviembre de 2017, a los efectos de solicitar que el órgano ejecutivo municipal presente tal información, en cumplimiento de la ley N° 25831 y la ordenanza 9657, y atento a la falta de respuesta a las solicitudes de informe enviadas en reiteradas ocasiones respecto de la problemática pluvioaluvional.

En el amparo presentado, el defensor Riva solicitó información a la municipalidad respecto a la realización de obras para evitar inundaciones, sin haber recibido respuesta. El texto de la sentencia, cita fragmentos de la ley 25.675, la ley 25.831 y la Ordenanza 9657 respecto del acceso a la información pública ambiental, de carácter libre y gratuito, para toda persona física o jurídica que la solicite. Particularmente, se cita el art. 7 de la Ordenanza 9657 que establece que el silencio de la administración ante un pedido de información ambiental se considera como negativa que constituye arbitrariedad manifiesta.

El recurso legal presentado oportunamente por la Defensoría concentró el trabajo realizado con numerosas comisiones vecinales y el Consejo Asesor Económico, Social y de Planeamiento (Caesyp) luego de las inundaciones que afectaron a la ciudad en el 2014 y la última en octubre de 2016. El texto resaltó que el problema se acentúa en los barrios Confluencia, Belgrano, Centro Sur, Río Grande, Huilliches, Rincón de Emilio, Islas Malvinas, entre otros, y en aquellos asentamientos que se sitúan al pie de barda con el riesgo de desmoronamiento y aludes, según lo demuestra la experiencia.

Cabe recordar que el último plan maestro data del 2001, cuando la ciudad tenía 203 mil habitantes y no existían entonces muchos barrios y desarrollos inmobiliarios actuales.

Según se desprende de los considerandos de la sentencia, la Municipalidad manifestó que la pretensión de la Defensoría del Pueblo con la medida judicial no guarda relación con la temática ambiental, puesto que “no surge de las alegaciones de qué manera la no concreción del Plan Maestro Pluvioaluvional afecta la calidad ambiental de la ciudad o sus habitantes”. Sin embargo, la jueza indica que “no existe duda alguna que el motivo de la consulta trata de materia ambiental que afecta concretamente a la población neuquina”.

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