Fallo judicial limita los descuentos por préstamos en el salario de una docente rionegrina

Una docente del sistema educativo de Río Negro logró una sentencia favorable que obliga al Estado provincial a limitar las deducciones de su salario en concepto de préstamos con entidades financieras y mutuales. El fallo fue dictado por la Cámara Primera del Trabajo de Bariloche y establece que los descuentos no podrán superar el 20% de su sueldo neto, conforme al Decreto-Ley 6754/43.

La trabajadora inició una acción judicial en marzo tras denunciar que en diciembre de 2024 y enero de 2025 no percibió salario alguno por descuentos que llegaron al 100%, y que en febrero solo cobró el 14% de sus haberes. Las deducciones estaban relacionadas con créditos otorgados por cinco entidades: MUT.REG.SUR, AMSER, MEPUC, CREDIT NOW y U.P.A.M.

La sentencia remarcó que los descuentos administrativos, aunque provengan de convenios firmados voluntariamente, no pueden vulnerar el límite legal. También recordó que los embargos judiciales están sujetos a revisión y no pueden alcanzar niveles similares.

Además del tope, la resolución ordena a la docente informar a qué entidad debe destinarse el 20% de su salario. Si no lo define en 48 horas, el monto será distribuido proporcionalmente entre las acreedoras. El fallo aún no está firme y puede ser apelado.

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